POR LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL SISTEMA DE PENSIONES
La Comisión del Pacto de Toledo aprobó el 29 de diciembre de 2010 su Informe y 21 recomendaciones, que se votarán en el Congreso de Diputados 2 días antes de la anunciada aprobación por el Gobierno, el 28 de enero, del Anteproyecto de ley que reformará las pensiones “con o sin acuerdo” en la negociación con sindicatos y empresarios.
Por primera vez una de las recomendaciones del Pacto de Toledo, la 17 (ver anexo), se refiere específicamente a Mujer y protección social: en que, tras abogar por una “integración laboral acorde con las aspiraciones de las mujeres” y la configuración de derechos de pensión propios, no derivados del marido, frente a varias discriminaciones constatadas, no apunta a la igualdad en el empleo y la protección social, sino a algunas medidas específicas aparentemente proteccionistas, pero perpetuadoras del reparto desigual del empleo y el cuidado, como los incentivos fiscales y de protección social a la no incorporación de mujeres casadas al mercado de trabajo.
La reforma de las pensiones es, junto a la reducción del gasto público y la reforma laboral, parte de la exigencia de recorte de Estado del Bienestar de “los mercados” al Estado -la Seguridad Social gestiona un tercio de sus gastos-, retrasando de los 65 a los 67 años la edad legal de jubilación y ampliando de 15 a 20 años el periodo de cálculo y el periodo de carencia para la pensión contributiva mínima. Las premisas demográficas en que se apoya, como la caída de la natalidad a 1,4 hijos por mujer y el aumento de la longevidad, tienen un sesgo de género: son producidos mucho más por un modelo socioeconómico de desigualdad entre mujeres y hombres e incompatibilidad entre empleo y cuidados, que por una causa biológica. La baja natalidad responde a la carencia de tiempos y servicios para la conciliación, y siendo mujeres el 58% de las personas mayores de 65 años por tener 6,4 años más de esperanza de vida (84,4 años) que los hombres (78,0 años), aunque los años de vida en buena salud son casi iguales: 63,2 para los hombres y 62,9 para las mujeres.
Sin perjuicio de exigir al Gobierno que cumpla en este y los demás proyectos de ley el artículo 19 de la Ley de Igualdad, acompañándolo del preceptivo Informe de Impacto de Género sobre la situación de partida de mujeres y hombres y la previsión de cómo va a incidir en ella la reforma de las pensiones, MANIFESTAMOS:
1.- España debe hacer un esfuerzo especial en la individualización de las prestaciones de Seguridad Social, pues nuestro sistema fue diseñado en la década de los 1960, en base al modelo de familia de sustentador masculino/esposa dependiente, en el que el hombre es titular del salario y de las prestaciones sociales por enfermedad, desempleo, jubilación o supervivencia (viudedad y orfandad), y las mujeres no tienen ingresos o derechos propios, sino derivados del marido. El objetivo de igualdad de género debe ser explícito y concreto para la solidaridad inter e intra generacional propia del sistema de pensiones y para seguir avanzando hacia el modelo socioeconómico de mujeres y hombres sustentadores y cuidadores en igualdad.
2.- En la actualidad no hay igualdad real de mujeres y hombres en la protección social. Son mujeres el 45,01% de los 17.612.709 cotizantes a la Seguridad Social y el 51,35% de los 8.711.058 pensionistas del sistema contributivo. Más de la mitad, el 51,38 % de las mujeres pensionistas lo son por un derecho derivado, la mayoría por viudedad.
3.- La menor tasa de ocupación femenina, la desigualdad salarial y las diferencias entre la vida laboral de hombres y mujeres, marcadas por la precariedad y la feminización del cuidado de hijos y familiares dependientes con las consiguientes “lagunas de cotización”, además de los restos del franquismo que excluyó a las casadas del empleo, llevan a que la pensión media de las mujeres sea ahora de 599 €, es decir, un 39% más baja que la de los hombres, de 977 euros al mes.
4.- La discriminación de las mujeres en las pensiones contributivas es la causante, junto a la feminización de las pensiones no contributivas, de que 1 de cada 4 mujeres mayores de 65 años esté bajo el umbral de la pobreza, que no superan pese a los complementos de mínimos aportados por el Estado y financiados con impuestos, no con cotizaciones a la Seguridad Social, a los 4,2 millones de pensionistas (62% mujeres, la mitad viudas) cuya pensión contributiva no alcanza los 577 euros al mes.
5.- La propuesta del gobierno y la comisión parlamentaria de incrementar de 15 a 20 años el período de cálculo va a incrementar la discriminación de las mujeres, cuyas vidas laborales tienen más “lagunas de cotización” por la precariedad y la feminización del cuidado de familiares. Actualmente el periodo mínimo de cotización para la pensión contributiva de jubilación es de 15 años (o el equivalente a 15 años a jornada completa), de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos dentro de los últimos 15, y el importe de la pensión es un porcentaje de la cotización media durante los últimos 15 años (llamada base reguladora) que va del 50% si solamente se han cotizado 15 años hasta el 100% para 35 o más años de cotización. España es el 4º país de Europa en porcentaje de mujeres excluidas del mercado de trabajo por tener que cuidar de hijos y familiares dependientes.
6.- Son mujeres el 70,63% de los 454.095 beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) implantadas en 1990 para las personas con invalidez (56% mujeres) o mayores de 65 años (83% mujeres) que no han cotizado el mínimo de 15 años exigido para la pensión contributiva de jubilación, no son viudas de personas con 5 o más años cotizados, y no tienen rentas de cualquier tipo, personales o de la unidad familiar. La PNC es de 339,70 euros mensuales, bajo el umbral de la pobreza de 401 €/mes.
7.- La inferioridad de condiciones laborales de las mujeres generadora de la inferioridad en las pensiones no es cosa del pasado. Las 1,8 millones de trabajadoras actuales en situación de desempleo tienen una Tasa de Cobertura de Prestaciones por Desempleo del 58%, frente al 63% de los hombres, y son mayoría entre los perceptores de prestaciones asistenciales, las más bajas.
8.- Por ello pedimos al Gobierno y al Parlamento una política sin contradicciones, de incentivo al modelo de mujeres y hombres empleados y cuidadores en igualdad, y no al modelo de hombre empleado/mujer cuidadora sin empleo y con protección social derivada del marido, con medidas como:
- No elevar de 65 a 67 años de la edad legal de jubilación, pues el incremento de cotizantes pretendido se conseguiría mucho más con la incorporación de 1,8 millones de mujeres al empleo, sin perjudicar la salud y el desempleo de las personas de 65 a 67 años.
- No aumentar de los 15 años actuales el periodo de cotización ni el de cómputo para la pensión, porque penalizaría especialmente las lagunas de cotización de las mujeres.
- La reducción general de la jornada laboral y su compatibilidad con el cuidado -al 50% por hombres y mujeres- de menores o dependientes, y no incentivar el tiempo parcial de mujeres.
- El reparto familiar del cuidado no basta: pedimos la cobertura pública de la demanda de educación infantil de calidad desde los 0 años y de servicios profesionales públicos de atención a la dependencia, sin canjearlos por paguitas a cuidadoras familiares.
- Equiparar las Tasas de Ocupación de mujeres y hombres, sin incentivar las excedencias y prestaciones para el cuidado incompatibles con el empleo y la cotización normales.
- Permisos de maternidad y paternidad iguales e intransferibles. Restituir el permiso de paternidad de 4 semanas ya legislado.
- Transformar progresivamente la pensión de viudedad de manera que, sin desproteger a mujeres mayores, no incentive la dependencia de las casadas jóvenes.
- Inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social del especial de Empleadas/os de hogar. - Equiparación de las Pensiones No Contributivas al mínimo general de las pensiones.
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