20 de marzo de 2015

Colectivos estudiantiles y Oficina Precaria exigen buenas prácticas sobre becas a las universidades

Tras un proceso conjunto de reflexión, desde los colectivos estudiantiles abajo firmantes y la Oficina Precaria hacemos pública una carta abierta a las instituciones universitarias, que ya ha sido enviada por cauces formales. En ella exigimos la necesidad de introducir buenas prácticas desde los convenios entre universidades y empresas, de modo que se garanticen los derechos de los estudiantes durante su periodo de prácticas. Entendemos a las universidades como responsables de las #becasFraudulentas y señalamos su capacidad para revertir la situación. Pensamos esta campaña como un proceso abierto, e invitamos a los colectivos que no se hayan adherido y así lo deseen, a que lo hagan enviando un e-mail a info@oficinaprecaria.org con el título "Adhesión No más Becas". Lo decimos una vez más: ¡no más becas por trabajo!

A los señores rectores, decanos y las autoridades que competan,
Los colectivos universitarios de Madrid en colaboración con la Oficina Precaria llevamos tiempo inmersos en un proceso de reflexión en torno a las becas y su uso fraudulento por parte de las empresas. Hemos constatado que la figura del becario es usada para sustituir sistemáticamente puestos de trabajo, forzando a los becarios a desarrollar trabajo sin el reconocimiento de los derechos reconocidos por un contrato laboral mientras que no se cumple el objetivo teórico de las becas de desarrollo de una formación efectiva.
Esto no sería posible sin la complicidad de los centros universitarios ya que toda beca requiere de la previa firma de un convenio de colaboración entre el centro formativo y la empresa. Precisamente por ello entendemos que las instituciones universitarias tienen la capacidad de forzar en la redacción de esos convenios una serie de buenas prácticas que garanticen los derechos formativos del becario así como la compensación justa por su trabajo.
La universidad no debería ser cómplice de los abusos empresariales sino garante del contenido formativo de las prácticas.
A continuación exponemos una serie de reivindicaciones concretas desarrolladas a lo largo de estos meses y que consideramos deben de ser los mínimos imprescindibles que cada universidad debe incluir como condiciones en cada convenio de colaboración con cualquier entidad interesada:
El siguiente conjunto de reivindicaciones, consensuado por la Oficina Precaria y varios colectivos de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, parte de la exigencia, a nivel legislativo, de la derogación de las becas extracurriculares (las que no están integradas, como el prácticum, en el plan de estudios), así como de las prácticas no laborales en empresa, -deberían ser sustituidas por contratos de prácticas que se extiendan a los no titulados-. Las que siguen son las reivindicaciones para un funcionamiento adecuado de las prácticas curricularesi, y se dirigen a las autoridades universitarias competentes.
1. Adaptación de los planes de estudios para que los estudiantes puedan conciliar clases y prácticas. Entre otras medidas, se exigen la elección de horarios y turnos distintos, así como las evaluaciones no presenciales.
2. Limitación de los convenios de prácticas con las empresas sancionadas por Inspección de Trabajo durante un periodo que corresponda al nivel de la infracción.
3. Limitación de horas por convenio de prácticas, es decir, horas totales máximas de la práctica que desarrolla el estudiante a lo largo de todo el periodo.
4. Publicidad de los detalles de las becas en los convenios y en las ofertas de los servicios de empleo de las universidades. Deberán incluir los objetivos de formación a completar, así como la cuantía de la remuneración.
5. Limitación del número de prácticas curriculares en empresa: sólo un convenio por plan de estudios. Sucesivamente, se deberán aplicar otras formas que reconozcan la relación laboral entre estudiante y empresa.
6. Rotación del becario entre los diferentes puestos de la empresa que se correspondan con su titulación, para que las prácticas sirvan a un aprendizaje real.
7. Obligatoriedad de un salario económico que compense el coste de oportunidad de mantenerse fuera del mercado laboral durante la realización de las prácticas.
8. Prohibición de que el número de becarios suponga más del 5% del total de la plantilla, o el número de uno en empresas de menos de diez trabajadores.
Asimismo, se considera prioritario establecer mecanismos de control periódico de que la vertiente formativa de las becas se está desarrollando correctamente, así como mecanismos sencillos y con garantías por los que el estudiante pueda denunciar a la universidad el incumplimiento de las condiciones de su beca por parte de la empresa.
Por todo esto les invitamos a estudiar detenidamente el contenido de este documento y solicitamos un encuentro formal en el que abordar la forma de implantar estas medidas, no más tarde del 31 de marzo del presente curso. Entendemos que como máximos responsables de las universidades tendrán predisposición al diálogo en torno a cualquier iniciativa dirigida a proteger los derechos de los estudiantes, pero de lo contrario nos veríamos obligados a iniciar una serie de acciones encaminadas a hacer presente esta situación y presionar a las autoridades pertinentes para aplicar las medidas reivindicadas.
¡Contra el paro, la precariedad y sus culpables!
A. U. Contrapoder
A. U. Primero de Mayo
A. U. Con-Ciencia
A. U. Carlos Marx
Colectivo Rise Up
Attac UC3M
A. U. Tiempos Modernos
A. U. Puño y Letra
A. U. La Caverna
UEP-ei Derecho UCM
Colectivo de Estudiantes de Madrid (CEM)
Oficina Precaria

http://www.nomasbecasportrabajo.org/

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